
Hasta ahora los radares de la red viaria española (tanto los fijos como los móviles) solo detectaban excesos del límite de velocidad marcado para los turismos pero no el de los camiones, autobuses, camionetas y vehículos industriales que tienen un límite de velocidad interior. Sin embargo, a partir de ahora los radares detectaran los excesos de velocidad específicos, según ha anunciado la Dirección General de Tráfico. No obstante, todavía se desconoce cuando serás modificados los radares para que distingan entre un tipo de vehículo u otro y sancionen de forma específica a los vehículos pesados y de transporte.
Según el actual reglamento de circulación, los camiones deben circular por la autopista a 90 kilómetros pro hora y los vehículos mixtos, furgonetas y autobuses a 100 km/h. En carreteras convencionales con un arcén de 1,5 metros de ancho y más de un carril en algún sentido, los camiones y furgones deben circular a 80 y los vehículos mixtos a 90. en el resto de viales interurbanos los camiones no pueden superar los 70 km/h y las furgonetas, los 80 km/h.
Lo recomendable para evitar sanciones sería por un lado respetar los límites "especiales" y pro el otro no olvidar que en la parte posterior de los vehículos deben lucirse señales que indican la velocidad máxima específica del camión o la furgoneta, productos que forman parte del catálogo de Recambiosdelcamion.com y Recambios España.. ·
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