A partir de junio se modifican las multas por circular con la Inspección Técnica de Vehículos caducada, negativa o desfavorable.
En este artículo os hablamos de estos cambios y de algunas creencias populares que son erróneas y te pueden costar una considerable multa.
Desde el 1 de junio de 2021 entran en vigor las modificaciones que la Dirección General de Tráfico aplicará a la Inspección Técnica de Vehículos, principalmente centradas en las multas relacionadas con esta.
De esta forma se aumentan las sanciones por conducir un vehículo con la ITV caducada o que ha pasado la inspección con un resultado negativo o desfavorable.
Normalmente, los factores que indican una ITV desfavorable suelen coincidir y se relacionan con fallos de alumbrado y señalización, elementos de acondicionamiento interior, emisiones o neumáticos, principalmente.
A diferencia de la ITV desfavorable que permite circular de la estación de ITV al taller y de vuelta a la estación, la ITV negativa supone la completa inmovilización del vehículo. Una ITV negativa puede ser causada por varias faltas, entre ellas, destacan fallos en los frenos, pérdidas de combustible, neumáticos, etc.
Por tanto, la diferencia entre ambas es la gravedad de la falta encontrada en el vehículo, que condiciona si el vehículo puede circular, aunque sólo para ir al taller a solventar la falta, o no puede circular, obligando a mover el vehículo mediante grúa hasta el taller para su reparación.
En ambos casos se dispondrá de dos meses para dar solución a la falta en un taller mecánico y volver a pasar de nuevo la inspección.
Las multas varían entre 200 y 500 €, dependiendo de la gravedad de la infracción:
Circular con la ITV caducada comporta una sanción de 200 euros, con una reducción del 50% por pronto pago, y sin pérdida de puntos. Ser sancionado por este motivo también comporta la obligatoriedad inmediata de realizar la ITV.
En caso de circular con un vehículo al que se le han detectado defectos graves que comporten una Inspección Técnica desfavorable, la sanción será también de 200 euros, con descuento del 50% por pronto pago, y tampoco comporta pérdida de puntos.
La cosa se complica cuando circulamos con un vehículo considerado no apto para circular, por ser el resultado de la ITV negativo. En este caso la sanción aumenta hasta los 500 euros, no comporta pérdida de puntos, pero no hay posibilidad de descuento por pagar antes.
También hay multas relacionadas con la pegatina de la ITV. Circular sin ella en un lugar visible del vehículo, normalmente en la esquina superior derecha del cristal frontal, supone una infracción leve sancionada con 80 €.
La pegatina de la ITV es orientativa, marcando el mes y el año en que se debe pasar la próxima inspección. Por tanto, para saber si tu vehículo tiene la ITV caducada tienes tres formas de saberlo:
- Consultándolo en la nueva app miDGT, de la que ya os hablamos en este artículo.
- Mirando en la parte posterior de la pegatina donde se indica la fecha
- Consultando el informe de la última inspección
Muchas personas creen, erróneamente, que disponen de 30 días tras la fecha de caducidad de la ITV para pasar la inspección. Otros creen que pueden pasarla durante todo el mes marcado en la pegatina, o incluso durante el mes siguiente al marcado.
La realidad es que tu vehículo debe pasar la inspección antes de la fecha exacta marcada para la próxima revisión. Al día siguiente ya puedes ser sancionado por estar caducada.
Tampoco es cierta la creencia popular sobre que puedes circular con un vehículo con la ITV caducada siempre y cuando tengas ya pedida cita previa y puedas acreditarlo. Esto no es así y, si un agente de tráfico comprueba la documentación de un vehículo con la ITV caducada sancionará al conductor, aunque este le muestre que ya tiene concertada una cita con un centro autorizado.
Para acabar os recomendamos que, para evitar sanciones, pidáis hora en un centro autorizado para la realización de la Inspección Técnica de Vehículos con suficiente antelación. Dependiendo de la zona, estos centros pueden estar algo saturados y no disponer de horas libres hasta pasadas unas semanas, sobre todo si nuestro horario para poder ir es limitado.
Se puede pasar la ITV hasta 30 días antes de su fecha de caducidad, manteniéndose la fecha de la próxima inspección. Es decir, si nuestra ITV caduca el 1 de julio, podremos pasarla desde el 1 de junio. Independientemente del día en que la pasemos la inspección la próxima será seis meses o un año después del 1 de julio, dependiendo de la antigüedad del vehículo.
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