Tras los graves daños ocasionados por el episodio de lluvias torrenciales de octubre de 2024, conocido como DANA, la Generalitat Valenciana ha aprobado un decreto que representa un importante alivio económico para muchas personas y empresas del sector del transporte. Se trata del Decreto 19923/2025, publicado en el DOGV, que regula la concesión directa de ayudas para los propietarios de vehículos siniestrados a causa del temporal.
La medida busca compensar parcialmente las pérdidas sufridas por quienes, como consecuencia directa de la DANA del 29 y 30 de octubre, tuvieron que dar de baja vehículos gravemente dañados.
Las ayudas van dirigidas tanto a personas físicas como jurídicas, es decir, pueden solicitarlas particulares, autónomos o empresas. El único requisito fundamental es que fueran titulares de los vehículos afectados y que estos hayan sido dados de baja, ya sea de forma temporal o definitiva, debido a los daños sufridos durante ese episodio meteorológico.
Quedan excluidos de la convocatoria los entes del sector público, pero se contempla expresamente que asociaciones, fundaciones y cooperativas sí pueden beneficiarse.
El decreto contempla ayudas para una amplia gama de vehículos, desde turismos y motocicletas hasta vehículos industriales. En el caso concreto del transporte profesional, se incluyen:
La cuantía concreta de la ayuda depende del tipo de vehículo y se determina en una tabla anexa al decreto, pensada para cubrir parcialmente el coste de sustitución del vehículo siniestrado.
El decreto asigna inicialmente un presupuesto de 36 millones de euros con cargo al presupuesto de 2025, aunque se deja abierta la posibilidad de ampliación si fuera necesario.
El plazo para presentar solicitudes comienza el 16 de junio y finaliza el 31 de julio de 2025, por lo que se recomienda a los interesados preparar ya toda la documentación necesaria.
La solicitud deberá realizarse de forma telemática obligatoria a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana. En el caso de personas físicas, también será posible presentarla de forma presencial si no disponen de medios electrónicos.
Se deberá aportar:
La gestión de las ayudas la realizará la Agència Tributària Valenciana, que podrá resolver las solicitudes por orden de entrada o de forma masiva. El plazo máximo para resolver será de tres meses desde la presentación; en caso de no recibir respuesta en ese periodo, se considerará desestimada.
El decreto establece que estas ayudas son compatibles con otras subvenciones públicas siempre que no se supere el límite de ayudas “de minimis” (normativa europea que regula ayudas de pequeña cuantía a empresas). También se vigilará que no se haya recibido ayuda para achatarramiento o para la renovación del vehículo por otros medios públicos.
Además, los beneficiarios tendrán que conservar toda la documentación y estarán sujetos a posibles controles administrativos. En caso de detectarse irregularidades o falsedades, deberán reintegrar el importe recibido.
La publicación de este decreto supone una medida relevante para mitigar los efectos de los daños sufridos durante la DANA, especialmente en el ámbito del transporte. A la espera de ver cómo se desarrolla la tramitación y resolución de las solicitudes, la convocatoria representa un avance para los profesionales afectados.
Opiniones de nuestros clientes
Recibe nuestras novedades